Declaración de Accesibilidad - Ilerna

Declaración de Accesibilidad

ILERNA se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.ilerna.es

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

Falta de conformidad con el RD 1112/2018

Carga desproporcionada

No aplica.

Contenido no incluido en el ámbito de la legislación aplicable

Podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 2 de diciembre de 2025. El método empleado para preparar la declaración ha sido una evaluación externa llevada a cabo por un tercero especializado en accesibilidad web.

Última revisión de la declaración: 2 de diciembre de 2025.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018), como por ejemplo:

A través del formulario de contacto disponible en https://ilerna.es o enviando un correo electrónico a la dirección de atención al estudiante.

Puede presentar:

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por el departamento correspondiente de ILERNA.

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente, se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada a través de los canales de comunicación oficiales de ILERNA, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando proceda.